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Ley Trans: estas son las claves del proyecto aprobado por el Gobierno

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Imagen promocional de la Ley Trans. Imagen del Ministerio de Igualdad. Gobierno de España.

El Consejo de Ministros de España ha aprobado este martes 29 de junio el Anteproyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos LGTBI. Responde a dos de los grandes objetivos legislativos del Gobierno de coalición PSOE-UP: crear una norma específica para las personas trans y otra más general sobre los derechos del colectivo LGTB.

Hace apenas dos meses, el Congreso de los diputados rechazaba la conocida como Ley Trans. La abstención del PSOE y la votación en contra de PP y Vox fueron suficiente para frenar el proyecto. Hoy, se presenta unido a la ley para la garantía de los derechos LGTBI, con la intención de sortear el bloqueo parlamentario. Estos son los puntos principales de la Ley Trans:

  1. Derecho a la autodeterminación de género: las personas transgénero podrán ahora cambiar su nombre y sexo en el DNI sin la necesidad de informes médicos y dos años de hormonación, como exige la legislación actual. A partir de los 16 años, solo será necesaria la voluntad de la persona para iniciar este trámite administrativo. Entre los 14 y los 16 años, deberán tener el consentimiento de un tutor legal. Entre los 12 y los 14 años, hará falta una autorización judicial.
  2. Prohibición de las terapias de conversión: el texto prohíbe este tipo de terapias al considerarlas «meras torturas carentes de base científica«. La negativa se mantiene aun si existe un consentimiento de las personas interesadas.
  3. Acceso a las técnicas de reproducción asistida: el proyecto permite que las mujeres lesbianas, bisexuales y las personas transgénero con capacidad de gestar puedan solicitar métodos de reproducción asistida dentro del Sistema Nacional de Salud. En 2013, la legislación les dejó fuera, al ofrecer esta posibilidad solo por problemas médicos.
  4.  Filiación de los bebés nacidos de mujeres no casadas: las mujeres no casadas podrán ser consideradas madres de su hijo. Actualmente, solo la madre biológica es tutora legal del menor. Su pareja debe adoptar al niño para reconocerse como tal. Se equipara así la situación de parejas heterosexuales y homosexuales en cuanto al derecho de filiación de su descendencia.
  5.  Las personas intersexuales no sufrirán cirugías ni mutilaciones, salvo por motivos de salud. Tampoco tendrán que ser inscritas con un sexo determinado durante el primer año de vida.
  6. Promoción del empleo para las mujeres transgénero: se llevarán a cabo medidas que ayuden a la «inserción sociolaboral de las personas trans».
  7. Incluir contenidos LGTBI en el ámbito educativo: se introducirán «contenidos sobre diversidad sexo-afectiva y familiar» en el currículum educativo. Además, se incluirá en el temario de estudio para las oposiciones a cuerpos docentes.

El proyecto de ley todavía debe pasar por la revisión de los órganos competentes y la aprobación de las Cortes Generales.

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